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SENTENCIA DEL T.S. SOBRE EL PRECIO DE LAS HORAS

Estimados/as  Compañeros/as:

Ya ha sido dictada la tan esperada sentencia del Tribunal Supremo, (al final del escrito puedes descargarla) sobre el cálculo del precio de la hora extra, ratificándose en lo ya resuelto por él en sentencia de 21-02-2007 recurso de casación 33/2006, es decir, que el valor de la hora extraordinaria tiene que ser como mínimo el precio de la hora ordinaria, y que la formula para el cálculo es el cociente entre salario anual  y las horas anuales de trabajo pactadas, anulando la sentencia de la Audiencia Nacional, por lo que a partir de la fecha en la que se ha dictado la mencionada sentencia 10/11/2009 tenemos un año para interponer las demandas de reclamación por diferencia en el precio de las horas extras. Descarga sentencia aquí. 

Entendemos que la interposición de este recurso suspendió la prescripción,  por lo que aquellos compañeros que no tuvieron la ocasión de reclamar los años anteriores,  aún pueden interponer las reclamaciones desde el año 2.005 hasta el año 2.009, para ello es necesario la aportación de las nóminas ya que los jueces  no están admitiendo que esa prueba documental de los recibos salariales sea aportada por la empresa, argumentando que dicha documentación  esta en posesión del trabajador ya que la empresa entregó dichas nóminas en su momento.

No obstante, existe otro recurso planteado, el relativo al desequilibrio interno del convenio (se pretende la nulidad del convenio 2005 – 2008), que esta aún pendiente de resolverse y se han devuelto los autos para que la Audiencia Nacional vuelva a resolver sobre el fondo del asunto, por lo que el fin de este asunto aún apunta para largo, pero no olvidad que solo se llegará a cobrar si se presenta la denuncia con la reclamación de cantidades. Ver sentencia T.S. de fecha 09-12-2009.

  Comunicado PDF

 

ACTUALIZADA

18-05-2012

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